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✅ ¿Qué incoterms necesitas para tus operaciones internacionales?

Escrito por Lógicos 3PL | Apr 14, 2022 1:00:00 PM

Si ya has realizado operaciones internacionales, ya sean importaciones o exportaciones, habrás visto que las reglas y la interpretación de estas cambian según el país en cuestión. Este tipo de operaciones conllevan un alto grado de complejidad. Para la regulación de este tipo de actividades, ya en 1936, la Cámara de Comercio Internacional aprobó los Incoterms. ¿Sabes que es un Incoterm? ¿Sabes cuál te conviene según tu actividad? Te contamos lo que debes saber sobre qué Incoterm necesitas para tus operaciones internacionales.

¿Qué es un Incoterm?

Los International Commerce Term, abreviado a Incoterms, son un conjunto de reglas internacionales que describen y regulan las condiciones de entrega y transporte de mercancía en transacciones internacionales. De esta manera, se reduce la complejidad de estas operaciones, facilitando el entendimiento entre operadores de diferentes países. No obstante, la aplicación de estas reglas no es obligatoria, pues las partes pueden pactar por privado las condiciones de la operación. Sin embargo, la aplicación de estas reglas es bastante sencilla, anunciando los derechos y deberes de cada parte de manera clara.

 

¿Cómo funcionan?

Los incoterms se actualizan cada 10 años por la Cámara de comercio de París. Los últimos cambios han sido realizados en el año 2020. El principal objetivo de estas reglas es establecer un criterio común en cuanto a la distribución de los costes y de la transmisión de riesgos entre el comprador y el vendedor. De manera más detallada, se encargan de regular los siguientes puntos:

  • La entrega de la mercancía.

  • La distribución de los gastos de la operación.

  • La transmisión de los riesgos.

  • Los trámites de aduana.

Para la regulación de estos aspectos, los incoterms se dividen en 4 grupos: Grupo E, Grupo F, Grupo C y Grupo D. Dentro de cada grupo, se presentan diferentes situaciones que vendrán nombradas por las iniciales del tipo de operación:

 

Tipos de Incoterms

  • Grupo E

En este caso, el vendedor debe entregar la mercancía en las instalaciones del comprador bajo los siguientes términos recogidos en el Incoterm EXW (Ex Works/ Libre transportista).

Este Incoterm exige al vendedor entregar la mercancía en las instalaciones del comprador. En este caso, el comprador es quién asume los gastos y las responsabilidades de la mercancía, desde el país de origen hasta la llegada a los almacenes. En caso de que se quiera contratar un seguro, correría a cuenta del comprador.

  • Grupo F

En este caso, se incluye un intermediario seleccionado por el comprador (entrega indirecta). Por tanto, el vendedor hará entrega de la mercancía al transportista seleccionado para entregar la mercancía en el lugar de destino. Estas operaciones están reguladas por los siguientes incoterms:

    • FCA (Free Carrier). En esta situación, el vendedor queda obligado a entregar la mercancía en el lugar acordado con el comprador en el país de origen, haciéndose cargo de la gestión de aduanas, costos y riesgos hasta ese punto. A partir de ahí, los gastos y trámites corresponden al comprador.

    • FAS (Free Alongside Ship). En este caso se trata de transporte marítimo. El vendedor entregará la mercancía en el puerto acordado, encargándose también de las gestiones de aduana. Desde ese punto, la responsabilidad pasa a ser el comprador.

    • FOB (Free on board). Este incoterm es muy similar al anterior. La única diferencia radica en que el vendedor deberá cargar la mercancía en el barco designado por el comprador. A partir de ese punto, el comprador se hace responsable.

  • Grupo C

En este grupo, la parte vendedora es quien se hace cargo de contratar el vehículo para el transporte de los productos. Sin embargo, el riesgo no siempre caerá en la parte vendedora.

    • CFR (Cost and Freight). Solo para transporte marítimo, la parte vendedora asume los costes del transporte hasta el destino. Sin embargo, una vez cargado el barco, el riesgo es asumido por el comprador.

    • CIF (Cost, Insurance and Freight). Es muy similar al caso anterior, con la única diferencia que el vendedor también se hará cargo de la contratación del seguro.

    • CPT (Carriage Paid To). Este incoterm se utiliza para todo tipo de transporte. En este caso, el vendedor asume los gastos hasta su llegada al destino final. Sin embargo, la parte compradora asume el riesgo cuando la mercancía pasa a manos del transportista.

    • CIP (Carriage and Insurance Paid to). Muy similar al anterior, con la diferencia que el vendedor asume tanto el gasto del transporte y del seguro.

  • Grupo D

En este grupo, los costes y riesgos son asumidos por el vendedor, desde la salida de la mercancía hasta la llegada al destino acordado, sin la intervención de transportistas terceros (entrega directa).

    • DAP (Delivery at Place). El vendedor asume los costes y trámites hasta la entrega en el punto acordado, sin el despacho de aduana y con la descarga a cargo del comprador.

    • DPU (Delivered Place Unloaded). Aplicable para todo tipo de transporte, el vendedor asume los costes y trámites hasta la descarga en el punto acordado. Una vez descargada la mercancía por parte del vendedor, los gastos son asumidos por el comprador.

    • DDP (Delivery Duty Paid). En esta situación, el vendedor asume todos los gastos y riesgos de la operación. Por tanto, el comprador solo debe recibir la mercancía.

Incoterms: ¿Cuál te conviene?

Como has podido ver, dependiendo del rol que tengas en la operación (si eres vendedor o comprador) cada Incoterm te beneficiará de una manera o de otra. Es importante conocer bien esta información para saber qué Incoterm necesitas y negociar el más adecuado de acuerdo con tus intereses.

Por ejemplo, si fueras exportador, probablemente el Incoterm más ventajoso para ti es el EXW, ya que solo deberías ocuparte de preparar la mercancía para que ésta sea transportada a las instalaciones del comprador. Como vendedor, no asumes ni gastos ni riesgos de la mercancía transportada.

Sin embargo, si estuvieses en la posición de importador o comprador, los Incoterms más ventajosos para tu negocio son los pertenecientes al grupo D, en especial el Incoterm DDP. En esa situación, como hemos mencionado antes, es el vendedor quien asume todos los gastos y riesgos de la operación.

 

Conclusiones

En Lógicos asesoramos a aquellos clientes que realizan operaciones internacionales para adoptar situaciones ventajosas en sus actividades globales. Si te gustaría recibir asesoramiento para tu negocio, no dudes en contactar con nosotros.