¿Qué incoterms necesitas para tus operaciones internacionales?
Si ya has realizado operaciones internacionales, ya sean importaciones o exportaciones, habrás notado que las reglas y su interpretación varían según el país. Estas operaciones implican un alto grado de complejidad. Para regular este tipo de actividades, en 1936, la Cámara de Comercio Internacional aprobó los Incoterms. ¿Sabes qué es un Incoterm? ¿Sabes cuál te conviene según tu actividad? Aquí te contamos lo que debes saber sobre qué Incoterm necesitas para tus operaciones internacionales.
¿Qué es un Incoterm?
Los International Commerce Terms, abreviados como Incoterms, son un conjunto de reglas internacionales que describen y regulan las condiciones de entrega y transporte de mercancías en transacciones internacionales. Así, se reduce la complejidad de estas operaciones, facilitando el entendimiento entre operadores de diferentes países. No obstante, la aplicación de estas reglas no es obligatoria, ya que las partes pueden acordar las condiciones de la operación de manera privada. Sin embargo, aplicar estas reglas es sencillo, ya que establecen claramente los derechos y deberes de cada parte.
¿Cómo funcionan?
Los Incoterms se actualizan cada 10 años por la Cámara de Comercio de París. Los últimos cambios se realizaron en 2020. El objetivo principal de estas reglas es establecer un criterio común en cuanto a la distribución de los costos y la transmisión de riesgos entre el comprador y el vendedor. Regulan los siguientes aspectos:
- La entrega de la mercancía.
- La distribución de los gastos de la operación.
- La transmisión de los riesgos.
- Los trámites de aduana.
Para regular estos aspectos, los Incoterms se dividen en 4 grupos: Grupo E, Grupo F, Grupo C y Grupo D. Dentro de cada grupo, se presentan diferentes situaciones nombradas por las iniciales del tipo de operación:
Tipos de Incoterms
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Grupo E
En este caso, el vendedor debe entregar la mercancía en las instalaciones del comprador bajo los términos del Incoterm EXW (Ex Works/ Libre transportista). Este Incoterm exige al vendedor entregar la mercancía en las instalaciones del comprador. El comprador es quien asume los gastos y las responsabilidades de la mercancía desde el país de origen hasta la llegada a los almacenes. Si se desea contratar un seguro, corre a cuenta del comprador.
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Grupo F
Incluye un intermediario seleccionado por el comprador (entrega indirecta). El vendedor entrega la mercancía al transportista seleccionado para el destino. Estas operaciones están reguladas por los siguientes Incoterms:
- FCA (Free Carrier). El vendedor entrega la mercancía en el lugar acordado con el comprador en el país de origen, haciéndose cargo de la gestión de aduanas, costos y riesgos hasta ese punto. A partir de ahí, corresponden al comprador.
- FAS (Free Alongside Ship). Para transporte marítimo, el vendedor entregará la mercancía en el puerto acordado, encargándose de las gestiones de aduana. Desde ese punto, la responsabilidad pasa al comprador.
- FOB (Free on board). Similar al anterior, pero el vendedor debe cargar la mercancía en el barco designado por el comprador. A partir de ese punto, el comprador se hace responsable.
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Grupo C
El vendedor contrata el vehículo para el transporte de los productos. Sin embargo, el riesgo no siempre recae en la parte vendedora.
- CFR (Cost and Freight). Solo para transporte marítimo, el vendedor asume los costos del transporte hasta el destino. Sin embargo, una vez cargado el barco, el riesgo es del comprador.
- CIF (Cost, Insurance and Freight). Similar a CFR, pero el vendedor también contrata el seguro.
- CPT (Carriage Paid To). Para todo tipo de transporte. El vendedor asume los gastos hasta el destino final, pero el comprador asume el riesgo cuando la mercancía pasa al transportista.
- CIP (Carriage and Insurance Paid to). Similar al anterior, con la diferencia de que el vendedor asume tanto el gasto del transporte como del seguro.
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Grupo D
Los costes y riesgos son asumidos por el vendedor, desde la salida de la mercancía hasta la llegada al destino acordado, sin intervención de terceros (entrega directa).
- DAP (Delivery at Place). El vendedor asume los costes y trámites hasta la entrega en el punto acordado, sin el despacho de aduana y con la descarga a cargo del comprador.
- DPU (Delivered Place Unloaded). Para todo tipo de transporte, el vendedor asume los costes y trámites hasta la descarga en el punto acordado. Una vez descargada la mercancía, los gastos son del comprador.
- DDP (Delivery Duty Paid). El vendedor asume todos los gastos y riesgos de la operación. El comprador solo recibe la mercancía.
Incoterms: ¿Cuál te conviene?
Dependiendo del rol que tengas en la operación (vendedor o comprador), cada Incoterm te beneficiará de manera diferente. Es importante conocer bien esta información para saber qué Incoterm necesitas y negociar el más adecuado según tus intereses.
Por ejemplo, si eres exportador, probablemente el Incoterm más ventajoso para ti sea EXW, ya que solo deberías preparar la mercancía para que sea transportada a las instalaciones del comprador. Como vendedor, no asumes ni gastos ni riesgos de la mercancía transportada.
Si eres importador o comprador, los Incoterms más ventajosos son los del grupo D, especialmente DDP. En esa situación, el vendedor asume todos los gastos y riesgos de la operación.
Conclusiones
En Lógicos, asesoramos a nuestros clientes en operaciones internacionales para adoptar situaciones ventajosas en sus actividades globales. Si deseas recibir asesoramiento para tu negocio, no dudes en contactarnos.




